{"id":115,"date":"2017-02-22T18:09:15","date_gmt":"2017-02-22T18:09:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/?p=115"},"modified":"2017-02-22T18:09:15","modified_gmt":"2017-02-22T18:09:15","slug":"la-casa-de-tus-suenos-o-el-inicio-de-un-pequeno-infierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/2017\/02\/22\/la-casa-de-tus-suenos-o-el-inicio-de-un-pequeno-infierno\/","title":{"rendered":"\u00bfLa Casa de tus Sue\u00f1os, o el inicio de un peque\u00f1o infierno?"},"content":{"rendered":"<p>Queridos lectores, en alguna ocasi\u00f3n ya nos hemos referido a los riesgos que conlleva\u00a0adquirir una vivienda sin el asesoramiento debido, pero en<br \/>\nesta ocasi\u00f3n abundar\u00e9 a\u00fan m\u00e1s en la necesidad de contratar a un<br \/>\nespecialista no ya s\u00f3lo en la materia, sino tambi\u00e9n con conocimientos de<br \/>\nlas condiciones reales de la vivienda y de la urbanizaci\u00f3n o zona donde se<br \/>\nencuentra, la misma.<br \/>\nPor un lado, si somos un comprador, ser\u00eda aconsejable solicitar de forma<br \/>\nprevia a la compra: -) Situaci\u00f3n de Legalidad, disponer licencia de primera<br \/>\nocupaci\u00f3n, y no estar inmerso en un expediente de disciplina urban\u00edstica<br \/>\nla vivienda entera o parte de la misma por obra nueva; -) Deuda completa<br \/>\nde IBI (impuesto de bienes muebles), para que la liquide el vendedor o se<br \/>\nretenga del precio de compra y evitar que sea una carga que tambi\u00e9n<br \/>\ndeba de pagar el comprador; -) Certificado de deuda de cuotas de<br \/>\ncomunidad a cero o, en su defecto estado de deuda para retener deuda<br \/>\ndel precio de la compra; -) Nota Simple de la vivienda que ponga de<br \/>\nmanifiesto que no hay cargas inscritas que afecten a la vivienda y que, por<br \/>\nconsiguiente, su responsabilidad de pago podr\u00eda caer tambi\u00e9n en el<br \/>\ncomprador (aqu\u00ed yo mismo, mediante un cliente m\u00edo, inscrib\u00ed un derecho<br \/>\nde cobro de 120.000 \u20ac en el registro de la propiedad de una vivienda, y el<br \/>\nnuevo comprador que desconoc\u00eda dicha deuda inscrita, se encontr\u00f3 con<br \/>\nque el mismo deb\u00eda de responder tambi\u00e9n de la misma, con el<br \/>\nconsecuente disgusto y acciones civiles que emprendi\u00f3 el comprador<br \/>\ncontra el vendedor); -) Recibos de luz y de agua del \u00faltimo mes que<br \/>\npongan de manifiesto que est\u00e1 todo correcto y no hay enganche ilegal,<br \/>\nevitando as\u00ed los problemas que se generan en algunas ocasiones donde<br \/>\nendesa podr\u00eda tardar de 7 d\u00edas a dos meses en el peor de los casos, en<br \/>\nproveer de luz en caso de que hubiera un enganche ilegal; certificado de<br \/>\neficiencia energ\u00e9tica cuya obligaci\u00f3n de entrega corresponde al vendedor;<br \/>\n-) Retener el 3% del precio de la compra y la plusval\u00eda si el vendedor es<br \/>\nun extranjero, para evitar la desagradable sorpresa de que el propio<br \/>\ncomprador sea requerido de pagar unas plusval\u00edas cuyos importes pueden<br \/>\nresultar del todo inesperadas y excesivas, pero de obligado pago (siendo<br \/>\nmuy com\u00fan observar plusval\u00edas del orden de 4.000 a 10.000 \u20ac); -)<br \/>\nInventario de bienes muebles que forme parte del objeto de compra y se<br \/>\nincluya en el precio, con reportaje fotogr\u00e1fico del estado de conservaci\u00f3n<br \/>\ndel mobiliario mueble y vivienda, firmado debidamente por el vendedor,<br \/>\npues es bastante com\u00fan encontrarte la vivienda vac\u00eda, o con da\u00f1os en los<br \/>\nmuebles, debiendo en consecuencia tener que reclamar si dichos muebles<br \/>\nformaban parte de la compra y as\u00ed ven\u00eda de forma expl\u00edcita especificado<br \/>\nen el contrato privado previo a la firma y contrato p\u00fablico de compra<br \/>\nventa firmado ante notario.<br \/>\nY una vez se firma ante notario y se compra la vivienda (firma que podr\u00eda<br \/>\nhacer el profesional en nombre del comprador mediante poder notarial,<br \/>\nno siendo necesaria la presencia del comprador en el acto de la firma),<br \/>\nhabr\u00eda que presentar y liquidar impuesto de trasmisi\u00f3n patrimonial en la<br \/>\noficina liquidadora para posteriormente procederse al cambio de<br \/>\ntitularidad del inmueble en el Registro de la Propiedad que corresponda,<br \/>\nno olvidando eso s\u00ed, que hay que pagar honorarios de Notario y<br \/>\nRegistrador. Por \u00faltimo, es obligatorio comunicar al Administrador de<br \/>\nFincas, de la urbanizaci\u00f3n donde se encuentra la vivienda, el cambio de<br \/>\ntitularidad y datos personales para el pago de los nuevos recibos y evitar<br \/>\nser reclamado judicialmente, as\u00ed como contratar luz y agua para el pleno<br \/>\ndisfrute de su nueva vivienda sin contratiempos.<br \/>\nSi bien todas estas cuestiones son las que com\u00fanmente todo experto en la<br \/>\nmateria suele tener control y gestiona el mismo para que todo marche<br \/>\ncorrectamente y sin sorpresas para el comprador (solucionando sobre la<br \/>\nmarcha la multitud de contratiempos que se podr\u00edan presentar), hay otros<br \/>\naspectos igual o m\u00e1s importantes que al profesional general se les<br \/>\nescapan, y s\u00f3lo un profesional de la zona podr\u00eda conocer, cuales son por<br \/>\nejemplo: -) Si la vivienda y\/o urbanizaci\u00f3n en la que se encuentra presenta<br \/>\ndefectos constructivos, lo que implicar\u00eda probablemente problemas de<br \/>\nhumedad, necesidad de hacer pagos extraordinarios mediante derramas<br \/>\nextraordinarias de la comunidad, desprendimientos de tierras, rocas, etc.;<br \/>\n-) Conocer si hay un elevado n\u00famero de morosos en la comunidad as\u00ed<br \/>\ncomo cu\u00e1les son los servicios comunes de los mismos que hay que pagar<br \/>\ncon las cuotas de comunidad, lo que implicar\u00eda que las cuotas de<br \/>\ncomunidad podr\u00edan suponer con frecuencia casi como el pago de otro<br \/>\nrecibo de un pr\u00e9stamo hipotecario, siendo frecuente que algunos<br \/>\ncompradores desconozcan el importe de dichos recibos y luego se lleven<br \/>\ndesagradables sorpresas con recibos que dif\u00edcilmente esperaban tener que<br \/>\nhacer frente; -) Situaci\u00f3n f\u00edsica de la vivienda en zonas de riesgo natural,<br \/>\npor avenidas de agua en \u00e9pocas de lluvia, desprendimientos de tierra, etc.<br \/>\nPor todo ello, siempre es bueno rodearse de un profesional de la zona,<br \/>\ndesaconsejando contratar los servicios de una abogado de, por ejemplo,<br \/>\nMarbella (situaci\u00f3n bastante com\u00fan), si la zona de deseo de adquirir una<br \/>\nvivienda es en la zona de influencia de Manilva en cualquier de sus 4<br \/>\nn\u00facleos (Manilva, Sabinillas, El Castillo, Puerto de la Duquesa), de<br \/>\nEstepona o urbanizaciones que lo conforman, pues ello os garantizo que<br \/>\nos podr\u00e1 salvar de m\u00e1s de una sorpresa desagradable en la adquisici\u00f3n de<br \/>\npretendida casa de vuestros sue\u00f1os.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/abogados\/1814-d.-ildefonso-ortega-moreno.html#.WK3S0W_hDIU\">Ildefonso Ortega Moreno<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Queridos lectores, en alguna ocasi\u00f3n ya nos hemos referido a los riesgos que conlleva\u00a0adquirir una vivienda sin el asesoramiento debido, pero en esta ocasi\u00f3n abundar\u00e9 a\u00fan m\u00e1s en la necesidad de contratar a un especialista no ya s\u00f3lo en la &hellip; <a href=\"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/2017\/02\/22\/la-casa-de-tus-suenos-o-el-inicio-de-un-pequeno-infierno\/\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7,1],"tags":[21],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/115"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=115"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/115\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":119,"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/115\/revisions\/119"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=115"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=115"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abogadosdemalaga.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=115"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}