Abogados ejecucion del planeamiento cuevas del becerro
Toda la información sobre los abogados en cuevas del becerro. Te ofrecemos información detallada tanto de sus especialidades como su información de contacto.
Davó & Asociados Abogados SLPC/Pirandello 16, Edificio Teatinos Planta 6, Oficina 1.Especialidad Juridica: |
Davó & Asociados Abogados SLPC/Pirandello 16, Edificio Teatinos Planta 6, Oficina 1.Especialidad Juridica: |
+34 952 064 781 |
Malaga(94496 visitas) |
Davó Law OfficesC/Pirandello 16, Edificio Teatinos Planta 6, Oficina 1Especialidad Juridica: |
Davó Law OfficesC/Pirandello 16, Edificio Teatinos Planta 6, Oficina 1Especialidad Juridica: |
+34 952 064 781 |
Malaga(98507 visitas) |
SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ LÓPEZ ABOGADOSC/ San Juan 15, 1º 2Especialidad Juridica: |
SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ LÓPEZ ABOGADOSC/ San Juan 15, 1º 2Especialidad Juridica: |
952.600.173 |
Malaga(359707 visitas) |
BERROCAL & FERNANDEZ ABOGADOSC/ Avda. Manuel Agustín Heredia, 22 - 5º Pta.1Especialidad Juridica: |
BERROCAL & FERNANDEZ ABOGADOSC/ Avda. Manuel Agustín Heredia, 22 - 5º Pta.1Especialidad Juridica: |
952 060 801 |
Velez Malaga Malaga(365027 visitas) |
D. JUAN MARCOS PEREZ PONTBarón de Les 11, 1º AEspecialidad Juridica: |
D. JUAN MARCOS PEREZ PONTBarón de Les 11, 1º AEspecialidad Juridica: |
+34 658 890 664 |
Malaga(27966 visitas) |
LEX IURIS SOLICITORSC/ Jaen s/n Plaza La Marina Edif. Tomé II Bajo 4Especialidad Juridica: |
LEX IURIS SOLICITORSC/ Jaen s/n Plaza La Marina Edif. Tomé II Bajo 4Especialidad Juridica: |
952 528 113 |
Malaga(310153 visitas) |
EVA MARÍA VALLE ESQUINAS ABOGADAPasaje Compositor Lehmberg Ruiz, Edif. Banco Santander I, número 4, 4º-FEspecialidad Juridica: |
EVA MARÍA VALLE ESQUINAS ABOGADAPasaje Compositor Lehmberg Ruiz, Edif. Banco Santander I, número 4, 4º-FEspecialidad Juridica: |
952 224 397 609 641 272 |
Malaga(269025 visitas) |
COIN ABOGADOSC/ Cristo, 34 portal 3 - 1º E (29700-Vélez Málaga)C/ Armengual de la Mota 32 - A Bl. 1 Bajo 7 (29007-Málaga) Especialidad Juridica: |
COIN ABOGADOSC/ Cristo, 34 portal 3 - 1º E (29700-Vélez Málaga)C/ Armengual de la Mota 32 - A Bl. 1 Bajo 7 (29007-Málaga) Especialidad Juridica: |
952 558 122 (Vélez Málaga) 952 306 157 (Málaga) |
Velez Malaga Malaga(308570 visitas) |
VILLALOBOS ABOGADOS
C/ Recogidas 44 1º Dcha.
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VILLALOBOS ABOGADOS
C/ Recogidas 44 1º Dcha.
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958 536 617 |
Malaga Jaén Granada Córdoba Almería(-25 visitas) |
SAN NICOLÁS ABOGADOSPlaza Federico García Lorca 2 1º W (Torremolinos)Especialidad Juridica: |
SAN NICOLÁS ABOGADOSPlaza Federico García Lorca 2 1º W (Torremolinos)Especialidad Juridica: |
(+34)661 52 02 87 (+34)951 77 56 01 |
Torremolinos Malaga(6383 visitas) |
SAN NICOLÁS LAWYERSPlaza Federico García Lorca 2 1º WEspecialidad Juridica: |
SAN NICOLÁS LAWYERSPlaza Federico García Lorca 2 1º WEspecialidad Juridica: |
(+34)661 52 02 87 (+34)951 77 56 01 |
Torremolinos Malaga(243265 visitas) |
JIMENEZ CORRAL ABOGADOSMartínez Maldonado 59 1º E,Especialidad Juridica: |
JIMENEZ CORRAL ABOGADOSMartínez Maldonado 59 1º E,Especialidad Juridica: |
(+34) 636 93 70 24 |
Malaga(27786 visitas) |
Los Instrumentos de Ejecución del Planeamiento
Una vez que la ciudad ha sido diseñada sobre el papel a través del Planeamiento General (PGOU, Plan General de Ordenación Urbanística), se requiere un conjunto de herramientas jurídicas y técnicas para llevar esas previsiones a la realidad física. Estos se conocen como Instrumentos de Ejecución, y son esenciales para obtener el suelo urbanizado, las cesiones de terreno y la justa distribución de cargas y beneficios.
¿Cuáles son los principales sistemas de actuación urbanística?
La Ley de Suelo estatal (Real Decreto Legislativo 7/2015) y las leyes autonómicas regulan los métodos mediante los cuales se gestiona la transformación del suelo. Los tres sistemas principales de actuación son:
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Compensación: Es el sistema más común y de iniciativa privada. Los propietarios de suelo se unen en una Junta de Compensación (artículo 168 RDL 7/2015 y normativa autonómica), asumen la realización de la urbanización, y costean las obras y los proyectos. Se considera que este sistema maximiza la colaboración privada, pero requiere un alto grado de acuerdo entre los propietarios.
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Cooperación: La Administración asume directamente la ejecución de las obras de urbanización, pero los propietarios están obligados a costearlas, ya sea mediante derramas o exacciones. Los propietarios ceden el suelo necesario, pero la iniciativa y gestión del proyecto son públicas.
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Expropiación: La Administración, por razones de utilidad pública, adquiere de forma forzosa la totalidad de los terrenos de un ámbito, pagando una justiprecio. Una vez que el suelo es público, lo urbaniza y luego lo puede enajenar para su edificación. Se aplica en casos de incumplimiento de plazos por parte de los privados o cuando la intervención pública es indispensable.
¿Qué se entiende por Reparcelación y por qué es necesaria?
La Reparcelación es el instrumento jurídico esencial de la ejecución, especialmente en los sistemas de Compensación y Cooperación. Su finalidad (artículo 156 y siguientes de la Ley de Suelo) es triple:
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Distribuir Equitativamente los beneficios y cargas de la urbanización entre los propietarios.
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Determinar las Parcelas Edificables resultantes.
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Localizar las Cesiones obligatorias y gratuitas de suelo destinadas a dotaciones públicas (calles, parques) y a la propia Administración.
Mediante este proceso, todos los propietarios aportan sus fincas originales, y reciben a cambio fincas de resultado aptas para construir, en proporción a sus derechos y ya descontadas las cesiones. La correcta realización y posterior inscripción registral del Proyecto de Reparcelación requiere una alta especialización legal y técnica.
¿Cuál es el papel de los Convenios Urbanísticos en la Ejecución?
Los Convenios Urbanísticos (artículo 70 y 71 de la Ley de Suelo) son acuerdos de naturaleza pública entre la Administración competente y personas físicas o jurídicas (promotores, propietarios). Estos convenios no pueden en ningún caso modificar o contravenir el planeamiento vigente, sino que buscan facilitar su ejecución o su gestión. Por ejemplo, pueden servir para calendarizar fases de ejecución, determinar formas de financiación de obras o establecer compromisos de gestión específicos. Se requiere que sean públicos y transparentes, y su utilización debe ser vigilada para garantizar que no supongan un desvío del interés general.
Dada la complejidad técnica y las implicaciones patrimoniales, ¿qué recurso tienen los propietarios?
La ejecución del planeamiento es un proceso lleno de detalles jurídicos, desde la constitución de las Juntas hasta la aprobación definitiva de las bases y estatutos, pasando por la valoración de las fincas y las cuentas de liquidación. La defensa de los derechos individuales de los propietarios o la representación técnica ante la Administración es fundamental. Por ello, la intervención de Abogados expertos en Ejecución del Planeamiento en cuevas del becerro es vital para garantizar la legalidad de los procedimientos, interponer recursos contra acuerdos desfavorables y asegurar que el principio de equidistribución se cumpla de manera efectiva. Sin este asesoramiento, los riesgos de indefensión patrimonial son altos.








